También fueron suspendidos con ocho y nueve meses, seis coadministradores.
En fallo de primera instancia fue destituido e inhabilitado con 11 años para ejercer cargos públicos, el personero de Riohacha, Hugues Rafael Ariza Tatis, por haberse postulado y en efecto, dejarse elegir y posesionarse como así sucedió.
Asimismo, el Ministerio Público destituyó e inhabilitó a tres concejales; quienes integraron la Comisión Accidental que se encargó de estudiar las hojas de vida, como también las inhabilidades y antecedentes de los profesionales postulados al cargo.






Los sentenciados fueron: Silvina Isabel Ibarra Meza, Jhon Benjumea Arregocés y Ever Quintana Rodríguez.
A Charles De Jesús Aguilar Medina, Pablo Emilio Fonseca Deluque, Oswaldo Iguarán Pinto, Yeiner Eliecer Osorio Ariza, Nubia Yaneth Socarras Ramírez y Endry Guerra Vanegas, le fue interpuesta una sanción de suspensión de la dignidad de Concejal por 8 meses, mientras que a Aloima Rafael Miranda Arregocés se le impuso suspensión por 9 meses, debido a que posee antecedentes por anteriores procesos ante la Procuraduría.
La decisión del Ente de control fue tomada en contra de los concejales, al considerar que incurrieron en falta grave, ya que Ariza Tatis, presentaba inhabilidad para ejercer el cargo.
El fallo de la procuradora regional de La Guajira, Itala Pedrazzini Lozada está motivado, porque existen claramente los argumentos y el material probatorio para inferir que los coadministradores y el Personero en particular, debieron agotar todos los recursos para determinar las inhabilidades existentes de Personero Distrital y no cumplieron con la función que les asiste como funcionarios públicos.
Resalta el Ministerio Público, que si bien los concejales no están obligados a conocer todas las leyes, al momento de posesionarse en el cargo se comprometen a cumplir fielmente la Constitución, por lo cual, les asistía la responsabilidad de estudiar o asesorarse, en este caso sobre el Régimen de Inhabilidades.