Por fin llegó una noticia alentadora para los conductores y dueños de vehículos que se sienten oprimidos y perjudicados ante la imposición y cobro de comparendos por parte del Instituto de Tránsito y Transporte del municipio de Fonseca Instrafón.


El presidente de la veeduría de la movilidad, César Augusto Pinzón Correa, dio a conocer las razones por las que no se pueden cobrar los comparendos en todo el país.
Pinzón Correa, indicó que después de una amplia batalla jurídica, el ministerio de Transporte, reconoció que los comparendos no se pueden cobrar, ya que estos no corresponden a títulos ejecutivos.
“El comparendo es una citación al presunto infractor, para que pueda comparecer ante las entidades correspondientes a ejercer su derecho de defensa y contradicción” afirmó el veedor.
Agregó que los comparendos son el paso previo a las multas; la diferencia radica en que los comparendos se emiten antes de que las personas acusadas se presenten ante las autoridades y las multas se emiten cuando se demostró la culpabilidad en una infracción de tránsito,
Anotó que el comparendo de tránsito, al no ser objeto de pruebas de las presuntas infracciones, sirve como un mecanismo de inspección, hacia los ciudadanos y reiteró que no puede ser cobrado con volantes de pago u otros métodos.