Ante la vicefiscal General de la Nación, Martha Janeth Mancera fue instaurada una denuncia penal para que se investigue la conducta del alcalde de San Juan del Cesar, en La Guajira, Álvaro José Díaz Guerra, porque habría entregado una suma de dinero para que este 29 de octubre votaran a favor de Enrique Camilo Urbina Suárez, conocido cariñosamente como ‘Cubita’, a quien le involucran también en la acusación.
La denuncia la formuló el exsenador de la República Hernando Escobar Medina, quien es periodista e investigador y defensor de Derechos Humanos y actual presidente de la veeduría ciudadana ‘No Mas Corrupción en Colombia’, que como evidencia aportó unos videos en donde se aprecia al mandatario dialogando con una ciudadana, y en donde se estaría configurando el delito.


La diligencia fue radicada el pasado 19 de octubre en la capital del país, el denunciante anexa dos folios y tres USB, en donde se encuentran por lo menos siete videos que evidencian dos conversaciones; una entre el alcalde Álvaro José Díaz Guerra y la líder Marianela Roa Loperena en la otra, aparece ella dialogando con Enrique Camilo Urbina Suárez, actual candidato a la alcaldía de San Juan del Cesar.
En uno de esos videos se observa al candidato Enrique Camilo Urbina Suárez, siendo transportado en la camioneta oficial del alcalde para ir a dialogar con electores y para asistir a las diferentes reuniones políticas “Ello constituye una clara y abierta participación en política del mandatario Díaz Guerra, para favorecer a su candidato a la alcaldía municipal”, manifiesta el denunciante Hernando Escobar Medina.
En las últimas horas se ha conocido un video que circula por la red social Facebook, en donde la líder social Marianela Roa Loperena asegura que los videos que están circulando han sido manipulados y denunciará a quien los hayan cogido para denunciar al Alcalde, porque lo hicieron sin su autorización y esos videos los hace para guardar registro de todo, pero en ningún momento lo hizo para perjudicar a nadie.
Constreñimiento al sufragante
El que amenace o presione por cualquier medio a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley, con el fin de obtener apoyo o votación por determinado candidato o lista de candidatos, voto en blanco, o por los mismos medios le impida el libre ejercicio del derecho al sufragio, incurrirá en prisión de cuatro a nueve años y multa de cincuenta a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En igual pena incurrirá quien por los mismos medios pretenda obtener en plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, apoyo o votación en determinado sentido, o impida el libre ejercicio del derecho al sufragio.
La pena se aumentará de la mitad al doble cuando la conducta sea realizada por servidor público, cuando haya subordinación o cuando se condicione el otorgamiento o acceso a beneficios otorgados con ocasión de programas sociales o de cualquier otro orden de naturaleza gubernamental.