Por: Aileen Díaz, especial para La Guajira Hoy.
Este miércoles, la fiscalía especializada que combate los delitos sexuales, Centro de Atención Integral de Víctimas de Abuso Sexual (Caivas), formuló acusación contra José Manuel Hernández Muñoz en Riohacha por abuso sexual en contra de una menor de 13 años de edad.
Hernández Muñoz, se le sigue un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de acceso carnal violento en concurso homogéneo sucesivo y en concurso heterogéneo con actos sexuales con menor de 14 años de edad, pero el imputado no aceptó los cargos que le endilga el ente investigador.
Los sucesos por los cuales la Fiscalía General de la Nación, llama a juicio a Hernández Muñoz, oriundo de Riohacha tienen que ver con la denuncia realizada por la madre de la menor el pasado 22 de abril del presente año, por el cual el acusado habría abusado de la menor cuando esta se dirigía hacer sus necesidades fisiológicas, en una zona enmontada y aislada de su residencia en el corregimiento de Matitas, zona rural del Distrito de Riohacha, utilizando la fuerza para accederla y luego someterla a sus deseos sexuales.
Por tales hechos la Fiscalía 001 Seccional Caivas, ante el juez primero penal municipal de Riohacha con funciones de control de garantías, el pasado 29 de abril del año en curso formuló imputación a Hernández Muñoz por violación de los mandatos prohibitivos de la ley 599 de 2000 que protege el bien jurídico de la Libertad, Integridad y Formación Sexual.
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La delegada de la fiscalía ante los jueces penales del circuito de Riohacha con funciones de conocimiento y atendiendo lo estipulado en el artículo 336 de la ley 906 del año 2004, y teniendo en cuenta que de los elementos materiales probatorios, evidencias físicas e información legalmente obtenida, se puede afirmar con probabilidad de verdad que la conducta delictiva existió, y que el imputado es el autor de los delitos de acceso carnal violento y actos sexuales con menor de 14 años, y por el cual se decide acusar al señor Hernández Muñoz a fin de dar inicio al juicio oral.
La condena a la cual se enfrenta el acusado va de 12 a 20 años por la conducta punible de acceso carnal violento aumentada de una tercera parte a la mitad por haber cometido el delito con una persona menor de 14 años, tal como lo establecen los artículos 205 y 211 y por el delito de acto sexual con menor de 14 años, enfrenta una pena que va de 9 a 13 años como tal señala el artículo 209 del Código Penal Colombiano.