Los marañeros como Jhon Jiménez, tendrán cárcel si los capturan las autoridades competentes.
Los marañeros como Jhon Jiménez, tendrán cárcel si los capturan las autoridades competentes.
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La Fiscalía General de la Nación y la Policía Nacional en coordinación con Air-e, adelantan capturas de las personas que realizan la reconexión del servicio de energía de manera ilegal luego de que son suspendidos por mora en el pago.

La empresa ha decidido iniciar este tipo de acciones por detectarse que existen clientes que insisten en auto-reconectarse de manera ilegal y antitécnica, poniendo en riesgo la prestación del servicio, la vida e integridad personal de quienes la cometen.

Air-e dio conocer que en días pasados fue capturado ‘con las manos en la masa’ Jhon Jiménez, quien fue dejado a disposición de la Unidad de Reacción Inmediata de la Fiscalía del distrito de Riohacha por el delito de defraudación de fluidos, ya que fue encontrado en flagrancia por la Policía Nacional cuando reconectaba de manera antitécnica a las redes de la empresa Air-e.

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El hombre se encontraba subido en el poste en donde está conectado el establecimiento de comercial denominado Billar Pakistán, ubicado en la carrera 6 con calle 14, barrio Acueducto del distrito de Riohacha, con la finalidad de proveerle de forma ilegal y fraudulenta la energía, muy a pesar que la empresa lo había suspendido por estar en mora.

En el procedimiento de captura también incautaron varios elementos que fueron utilizados para esta acción ilegal, teniendo en cuenta que la operación de las redes es de uso exclusivo de Air-e.

Es de resaltar que estas conductas constituyen también el delito de defraudación de fluidos consagrado en el artículo 256 del Código Penal, puesto que mediante este mecanismo el usuario se apropia de una energía que la empresa no puede facturar, lo que daría lugar a la imposición de penas hasta por 6 años de prisión y multas hasta por 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Asimismo, el Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana establece en su artículo 92 que la instalación del servicio de energía sin la previa autorización escrita de la empresa de servicios públicos genera una multa de hasta 32 salarios mínimos diarios legales vigentes y suspensión temporal de actividad cuando se trate de establecimientos de comercio. Este mismo código señala que en caso de reincidencia en hay lugar al cierre del establecimiento.

Por su parte, la gerente de Air-e en La Guajira, Martha Iguarán Daza, agradeció el acompañamiento de la Policía Nacional y de los clientes que constantemente denuncian este tipo de conductas, lo que ha permitido una reducción importante de las pérdidas de energía, ya que cada vez más personas se unen a la legalidad, entendiendo que esta acción ese un delito que trae graves consecuencias y afecta los antecedentes judiciales de quienes lo comenten.