Dos delitos a la luz del código de penal habría cometido el gobernador de La Guajira, Nemesio Roys Garzón al expedir y darle cabal cumplimiento al decreto 087 del 30 de marzo del 2020. Pero además, su decisión tendría alcances disciplinarios y fiscales.
El Mandatario de los guajiros reorientó y modificó de manera temporal la distribución de la Estampilla Pro Universidad y Desarrollo Fronterizo, con el propósito de darle una destinación diferente a un recurso que tenía distribución especifica.
Algunos profesionales del derecho consultados por La Guajira Hoy opinan que, el gobernador se extralimitó ya que usurpó funciones de congresistas quienes son los únicos competentes para quitar, poner y modificar impuestos.
Roys Garzón debió presentar un proyecto de ordenanza a la Asamblea Departamental para cambiar la destinación efectiva, pero dentro del marco establecido por el Congreso, desafortunadamente, no lo hizo así y la destinación está por fuera de los rubros determinados por los mismos, pero atemperadas a los decretos presidenciales expedidos durante la pandemia.
También le podría interesar: Gobernador no puede disponer de recursos de estampillas para atender pandemia: Tribunal de La Guajira
También precisan los juristas, quienes pidieron la omisión de sus nombres que se trasgredió la ley penal a través de los delitos: peculado por apropiación a favor de terceros y prevaricato por acción. Igualmente, su yerro tiene alcance disciplinario y fiscal ya que debe retornar los recursos y restablecer las condiciones que lo permitieron.
Para los profesionales del derecho, todos los artículos son garrafales; por ejemplo, si se tiene en cuenta que en Colombia ninguna ley es retroactiva, por lo que se atrevieron en afirmar que Roys Garzón está siendo muy mal asesorado.
Esta investigación nace de parte del procurador judicial para asuntos administrativos en La Guajira, Germán Alonso Gutiérrez, quien le pidió al Tribunal Administrativo de La Guajira que lo investigara por la posible irregularidad.
También le podría interesar: Procurador Judicial, pide investigar a Nemesio Roys, gobernador de La Guajira
Como vocera del Departamento para entregar declaraciones a medios de comunicación fue delegada la secretaria de Hacienda, Claudia Robles quien indicó que se enviaron recursos de las estampillas a la Universidad, pero desconoce si se gastaron teniendo de presente el decreto en comento.
Finalmente, se conoció de manera informal que efectivamente desde la fecha de la expedición del decreto se realizaron varios giros del Departamento al claustro educativo, y dichos recursos se gastaron teniendo en cuenta el decreto 087 del 30 de marzo del 2020.
El delito de prevaricato, consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley. Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público.
El servidor público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del Estado o de empresas o instituciones en que este tenga parte o de bienes o fondos parafiscales, o de bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, incurrirá en prisión 96 a 270 meses.
Igualmente, se le impondrá una multa equivalente al valor de lo apropiado sin que supere el equivalente a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales.
Anexo evidencia Decreto 087