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El Tribunal contencioso administrativo de La Guajira, en sesión virtual, emitió el auto sobre la demanda de nulidad de la elección de Yeison Deluque Guerra por ser primo del concejal Endrys Guerra Vanegas.

La decisión fue admitir en primera instancia la demanda de acción de nulidad, es decir el Alto Tribunal investigará de fondo el proceso, pero a las claras se avizora que no afectaría dicha elección del Personero.

Sin embargo, para la Procuraduría Regional de La Guajira a cargo de Alfredo José Moisés Ropain, archivó la indagación preliminar contra algunos concejales de Riohacha que en su momento participaron en la elección del Personero Distrital, en su entender no existe ninguna inhabilidad.

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El proceso del Tribunal como del mismo Ministerio Público fue iniciado por el abogado Carlos Julio Moscote Medina, quien consideró que la elección vulneró la Constitución política de Colombia, puesto que habrían vicios en el proceso al elegirse a un primo de un concejal. Esta objeción no tuvo lugar ante los magistrados que revisaron la demanda.

Luego del estudio de los casos relacionados, la máxima autoridad judicial dio a conocer que, tal como lo expresan las leyes, fue inadmitido el recurso de medida cautelar debido a que no había “certeza para la causal de inhabilidad”.

La elección del personero del Distrito de Riohacha fue realizada por el Concejo Distrital en la sesión realizada el pasado 10 de febrero, donde quedó constancia que el concejal Endrys Guerra presentó impedimento para votar, al igual que hizo en las entrevistas previas.

Para los magistrados, la evidencia de las actas de nacimiento y los registros oficiales no arrojaron ningún elemento probatorio sobre la afinidad familiar entre el Personero y el concejal en cuestión, además, en el proceso de elección de Yeison Deluque, el cabildante Endrys Guerra no participó de ninguna manera.

“… lo cierto es que no obra en el plenario el registro civil de nacimiento del último en mención, prueba esta que es la idónea para acreditar el parentesco en el ordenamiento jurídico colombiano, acorde con lo preceptuado en el artículo 256 del Código General del Proceso”, expresa la sentencia del Tribunal.

Dicho fallo lleva las firmas de la magistrada ponente Carmen Cecilia Plata Jiménez, con voto favorable de los magistrados: María Del Pilar Veloza Parra e Hirina Del Rosario Meza Rhénals.

Como están las cosas, Yeison Deluque Guerra estará a cargo de la Personería del Distrito de Riohacha desde el 1 de marzo del 2020 hasta el próximo el mes de febrero del 2024, cuando se procederá a otro proceso de elección de un nuevo defensor de los derechos de la ciudadanía riohachera.

Finalmente, La Guajira Hoy se comunicó con el actual Personero Yeison Deluque Guerra de Riohacha, quien manifestó que como ciudadano respeta y acata las decisiones judiciales, que es consciente que no se encuentra inmerso en ninguna inhabilidad.

Por su parte, al demandante Carlos Julio Moscote Medina se le llamó a su número celular que reposa en esta redacción, pero no contestó.