

El exalcalde de Riohacha, Rafael Ricardo Ceballos Sierra fue sancionado por la Contraloría General de la República seccional de La Guajira por hallarlo responsable fiscalmente, siendo castigado para pagar la suma de 175 millones 294 mil 057 pesos con 86 centavos.


Sin embargo, el ente fiscalizar también halló solidariamente responsables de este detrimento al distrito de Riohacha a la empresa Winka S.A.S cuyo responsable es la señora Leonor Ester Díaz Pacheco; Julio Raúl Vega Ramírez; secretario de Obras del Distrito para la época de los hechos y a la Unión Temporal Interventoría de la Vida, representada legalmente por Harold Enrique Espinosa Olea.


Durante la visita efectuada por la CGR, el ingeniero civil adscrito al grupo de Vigilancia Fiscal de esta Gerencia, indicando que recaudó el material probatorio que sustenta el presente hallazgo en el cual queda demostrado que, se contrataron, ejecutaron y recibieron obras que no cumplen con lo contratado y normas técnicas.








En la obra entregada se encuentran áreas de loseta con una apariencia de desgaste superficial. En el caso de las bancas en concreto se detectaron que las 34 contratadas presentan fisuras y grietas en diferentes grados en la losa.
También existe una sección del laberinto que se encuentra encerrada sin entrada y salida donde se evidencie algún drenaje, expuesto a que se acumulen desechos o además, pueda ser utilizado como depósito de desperdicios y dificultarse las labores de aseo y limpieza.
En el documento presentado por la Contraloría se logra evidenciar la deficiencia de los procesos de planeación, interventoría y supervisión, que afectaron la idoneidad de la ejecución del contrato, afectando al patrimonio público por una cuantía de 464 millones 024 mil 222 pesos con 85 centavos. Se contrataron, ejecutaron y recibieron obras que no cumplen con lo contratado y las normas técnicas.
Esta decisión lleva la firma de Alberto Darío Henríquez Orozco, Contralor Provincial – directivo colegiado ponente; Vanesa Cristina Daza Aponte, presidente directivo colegiado – Gerente Departamental (e) y Luis Eduardo Acosta Medina y Contralor Provincial-directivo colegiado.
Finalmente, la Contraloría General de la República remitió copia íntegra del presente proveído a la Procuraduría General de la Nación, de conformidad con el numeral 57 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002, para que prosiga con la investigación de carácter disciplinaria.