La
Corporación Autónoma Regional de La Guajira, cerró una investigación administrativa – ambiental
contra el Municipio de Barrancas, iniciada mediante Auto No 745 del 05 de
Diciembre de 2011, por la indebida disposición
de residuos sólidos, en la celda transitoria del sitio de disposición final.
Corporación Autónoma Regional de La Guajira, cerró una investigación administrativa – ambiental
contra el Municipio de Barrancas, iniciada mediante Auto No 745 del 05 de
Diciembre de 2011, por la indebida disposición
de residuos sólidos, en la celda transitoria del sitio de disposición final.
La multa
que deberá pagar el Municipio de Barrancas es de $85.070.419.
que deberá pagar el Municipio de Barrancas es de $85.070.419.
De
acuerdo con la visita técnica realizada por funcionarios del grupo de Control y
Monitoreo de la entidad, la disposición
de basuras en la celda actual del Municipio de Barrancas, no cumple con los
requerimientos sanitarios y ambientales
adecuados.
acuerdo con la visita técnica realizada por funcionarios del grupo de Control y
Monitoreo de la entidad, la disposición
de basuras en la celda actual del Municipio de Barrancas, no cumple con los
requerimientos sanitarios y ambientales
adecuados.
Existe proliferación
de vectores, olores ofensivos, escorrentías no tratadas y se evidencia baja
capacidad operativa para un tratamiento eficiente de los residuos.
de vectores, olores ofensivos, escorrentías no tratadas y se evidencia baja
capacidad operativa para un tratamiento eficiente de los residuos.
La
máxima autoridad ambiental, manifiesta
que la disposición más adecuada de estos
desechos es mediante rellenos sanitarios debidamente licenciados, tal como se
efectúa desde el Relleno Regional del Sur de La Guajira; razón por la cual se
recomendó de manera inmediata adelantar las operaciones para el cierre de
la celda transitoria que opera dicha municipalidad.
máxima autoridad ambiental, manifiesta
que la disposición más adecuada de estos
desechos es mediante rellenos sanitarios debidamente licenciados, tal como se
efectúa desde el Relleno Regional del Sur de La Guajira; razón por la cual se
recomendó de manera inmediata adelantar las operaciones para el cierre de
la celda transitoria que opera dicha municipalidad.
Una
vez agotado en periodo probatorio, no se
aportaron pruebas a Corpoguajira, ni se
solicitó la práctica de estas, razón por la cual se procedió a imponer dicha
sanción al Municipio de Barrancas, con base en los criterios señalados en las
leyes Colombianas.
vez agotado en periodo probatorio, no se
aportaron pruebas a Corpoguajira, ni se
solicitó la práctica de estas, razón por la cual se procedió a imponer dicha
sanción al Municipio de Barrancas, con base en los criterios señalados en las
leyes Colombianas.
La notificación del acto administrativo se
realizó mediante edicto, hasta el día 4
de enero del presente año. El plazo para interponer el recurso a la sanción
vence el 14 de enero.
realizó mediante edicto, hasta el día 4
de enero del presente año. El plazo para interponer el recurso a la sanción
vence el 14 de enero.