Por posibles
irregularidades presentadas en el proceso contractual adelantado para la
construcción de dos glorietas en el municipio de Villanueva, la Procuraduría
General de la Nación formuló pliego de cargos contra el entonces alcalde
municipal Luis Erasmo Dangond Cuadrado y Yadira Mendoza Jiménez, en su calidad
de secretaria de Planeación y Desarrollo Agropecuario del mismo municipio.
irregularidades presentadas en el proceso contractual adelantado para la
construcción de dos glorietas en el municipio de Villanueva, la Procuraduría
General de la Nación formuló pliego de cargos contra el entonces alcalde
municipal Luis Erasmo Dangond Cuadrado y Yadira Mendoza Jiménez, en su calidad
de secretaria de Planeación y Desarrollo Agropecuario del mismo municipio.
Los investigados
están citados el 20 de mayo a las 10:00 de la mañana en las instalaciones de la Procuraduría Regional de
La Guajira, dependencia que adelanta el proceso verbal en su contra.
están citados el 20 de mayo a las 10:00 de la mañana en las instalaciones de la Procuraduría Regional de
La Guajira, dependencia que adelanta el proceso verbal en su contra.
disciplinario señala que no hubo una correcta planeación técnica del convenio
interadministrativo suscrito por el citado municipio con el Instituto Nacional
de Vías (INVÍAS) para la construcción de dos glorietas en la variante del
municipio de Villanueva, vía nacional que conduce hacia varios municipios.
Luis Erasmo Dangond Cuadrado
Esta falta de
planeación se evidencia en los diseños previos, los cuales no habrían sido
presentados de manera adecuada y oportuna previamente a la ejecución del
contrato a INVÍAS para su ajuste y modificación, sino posterior a la iniciación
de la ejecución, iniciándose ésta con diseños no integrales e incompletos. Como
consecuencia de ello, fue necesario ajustarlos durante la ejecución de las
obras generando modificaciones en el presupuesto contractual original.
planeación se evidencia en los diseños previos, los cuales no habrían sido
presentados de manera adecuada y oportuna previamente a la ejecución del
contrato a INVÍAS para su ajuste y modificación, sino posterior a la iniciación
de la ejecución, iniciándose ésta con diseños no integrales e incompletos. Como
consecuencia de ello, fue necesario ajustarlos durante la ejecución de las
obras generando modificaciones en el presupuesto contractual original.
Al parecer, las
obras no satisficieron las necesidades generales de la comunidad ni el
cumplimiento de los fines estatales, de acuerdo con lo establecido en la Ley de
Contratación estatal.
obras no satisficieron las necesidades generales de la comunidad ni el
cumplimiento de los fines estatales, de acuerdo con lo establecido en la Ley de
Contratación estatal.
Yadira Mendoza Jiménez
Por estos hechos
también se investiga a la secretaría de Planeación y Desarrollo Agropecuario
para la época de los hechos, Yadira Mendoza, quien habría omitido coordinar
oportunamente con INVÍAS la etapa preparatoria y precontractual de la
contratación materializada el convenio sobre el cual ejercía la
supervisión específicamente lo
relacionado con los estudios y diseños previos.
también se investiga a la secretaría de Planeación y Desarrollo Agropecuario
para la época de los hechos, Yadira Mendoza, quien habría omitido coordinar
oportunamente con INVÍAS la etapa preparatoria y precontractual de la
contratación materializada el convenio sobre el cual ejercía la
supervisión específicamente lo
relacionado con los estudios y diseños previos.