La T-302 de 2017 es una prueba de fuego

Elimenes Brugés Guerra
Elimenes Brugés Guerra
Exrector de la universidad de La Guajira. magister en estudios político-económicos, especialista en administración de empresas, ingeniero industrial.

El cumplimiento de lo decidido por la Corte Constitucional en la Sentencia T-302 de 2017 es una prueba de fuego para las instituciones colombianas, nacionales, departamentales y municipales implicadas en la sentencia y también para nuestra casi muda sociedad civil. El poco avance de lo ordenado nos deja entender que se requerirán estrategias adicionales a las actuales para alcanzar los objetivos.

La Sentencia de la referencia obedeció a la revisión realizada por la Corte Constitucional a la tutela fallada por el Tribunal Superior de La Guajira mediante la cual se ordenó al Gobierno Nacional adoptar un Plan de Acción que garantizara derechos fundamentales a la población infantil Wayuu de los municipios de: Manaure, Uribia y Maicao, igual que al Distrito de Riohacha

La Corte no solo confirmó en todas sus partes las decisiones del Tribunal Superior de La Guajira, sino que declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional en relación con el goce efectivo de los derechos fundamentales a la alimentación, a la salud, al agua potable y a la participación de los niños y las niñas del pueblo wayuu.

Es decir, La Corte Constitucional declaró que es tal el estado de abandono de los niños wayuu que existe una vulneración generalizada de los derechos fundamentales y que no se cumplen parámetros mínimos de desarrollo social y que por lo tanto lo que existe es un estado de cosas inconstitucional de la cual hacen parte no solo las instituciones nacionales, departamentales y municipales sino también las propias autoridades tradicionales indígenas.

De allí que la sentencia no solo ordena un Plan de Acción sino el seguimiento y alcance de niveles mínimos con indicadores para medir los avances sociales que se logren mediante la implementación y coordinación de medidas que todas las entidades vinculadas a la Sentencia tendrán que desarrollar con seguimiento por parte de entidades como Defensoría del Pueblo y Procuraduría General de la Nación, y con la lógica vigilancia del Tribunal Superior de La Guajira y la misma Corte Constitucional.

Esto es algo así como que el gobierno nacional debe elaborar y ejecutar un Plan de Acción que acabe con el declarado estado de cosas inconstitucional, coordinadamente con el departamento de La Guajira, los municipios de: Uribia, Manaure y Maicao y el Distrito de Riohacha, con la participación de las mismas comunidades y sus autoridades tradicionales.

A todos les toca halar del carro en la misma dirección y allí es donde llega la prueba de fuego porque el estado de cosas inconstitucional solo se considerará superado cuando los indicadores lo muestren. Hasta el momento no se ha visto avances: El gobierno central ha pedido plazos para presentar el Plan de Acción y el Tribunal Superior de La Guajira todavía piensa si debe o no declarar el desacato.

Lo único destacado en el gobierno central ha sido la expedición del Decreto 100  del 28 de enero de 2020 mediante el cual se creó la Comisión Intersectorial para el departamento de La Guajira compuesta por cuatro ministros y otros cinco altos funcionarios del orden central. Pero los colombianos sabemos que cuando estamos emproblemados con la toma de decisiones, simplemente creamos un comité.

Ni el departamento ni los municipios han demostrado que saben para donde van en el cumplimiento de la sentencia. Los planes de desarrollo municipales y ni siquiera el departamental, muestran esa disposición de recursos que se requiere para atacar la problemática. Todos esperan las pautas del gobierno central. Tristemente la situación sigue igual de tétrica y ya van más de dos años de haberse publicado la sentencia.

Pero si los entes de gobierno no avanzan, la que debe sacar la cara es la sociedad civil. No solo la Veeduría Ciudadana creada por la Onic, el Cinep y otras organizaciones civiles intervinientes en el proceso de la sentencia T-302 de 2017, sino que hay que meterle mas pueblo a la denuncia, al seguimiento, a la verificación y a la exigencia de todo lo que tenga que ver con esto.

La sociedad civil guajira ya debe dejar los niveles de raquitismo que siempre muestra. No puede ser tan apática ante un problema de tanta trascendencia social. No puede ser que organizaciones civiles nacionales e internacionales así como organismos multilaterales estén pendientes y hagan frecuentes pronunciamientos sobre la situación de los niños wayuu, mientras que nuestra sociedad civil sigue anestesiada.

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1 COMENTARIO

  1. En cuanto a lo que concierne a el tribunal de la guajira, los magistrados no actuan, pero si cobran con la mas pasmante irresponsabilidad, salarios por dejar de hacer.
    La sociedad civil, bajo las amenazas y el nulo accionar de las autoridades, temen exponer sus vidas, y aca todo termina. Si hablas te muere y si callas tambien te mueres, pero por desnutricion o enfermedades.

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