Derecho fundamental al agua

Elimenes Brugés Guerra
Elimenes Brugés Guerra
Exrector de la universidad de La Guajira. magister en estudios político-económicos, especialista en administración de empresas, ingeniero industrial.

El mundo no está sobrado en disponibilidad de agua dulce para sus habitantes, pero lo que sí está demostrado es que el agua no está bien repartida. Así como existe Bahrein, Kuwait, Palestina, los Emiratos Arabes Unidos, el Líbano y otros países del mundo que sufren fuerte escasez del recurso hídrico, también existen muchos otros con suficiente agua para cada uno de sus ciudadanos y también los hay aquellos, que a pesar de tener suficiente agua per cápita, internamente sufren las desigualdades. Y esto tiene que ver con los derechos fundamentales.

Esto es lo que pasa en Colombia. Según la FAO, Colombia ocupa el séptimo país en el ranking mundial de disponibilidad de recursos hídricos y es el país con mayor superficie de páramos en el mundo; además hace parte de los nueve países que concentran el sesenta por ciento del agua dulce del mundo. ¿Increíble? Sí, pero cierto. En el lado opuesto, está la península de La Guajira.

Con razón Colombia impulsó hidroeléctricas para la generación de energía, Basta recordar Hidroituango, Urrá, La Miel, El Guavio, Betania, Chivor, Sogamoso, San Carlos, etc. Esto contrasta con la disponibilidad de agua en la península de La Guajira donde residen cerca de quinientas mil personas pertenecientes a minorías étnicas y la ya demostrada falta de voluntad política para culminar el famoso elefante blanco también llamado represa del río Ranchería que produciría unos cuantos kilovatios de energía, suministraría agua a nueve municipios y regaría cientos de hectáreas para la producción de alimentos.

Definitivamente los poderes públicos nacionales, siempre le han dado la espalda a La Guajira, y nunca han pensado en serio en su desarrollo. Nos cambiaron la vocación agropecuaria porque al país “le convenía” desarrollar el sector extractivo carbonero, pero nos condenaron a la falta de agua. Los responsables seguimos siendo los Guajiros que no mostramos dolor de patria chica y seguimos detrás de una clase política de bolsillo largo.

Y todo esto tiene que ver con los derechos fundamentales porque no se puede entender de otra manera que hoy por hoy un ser humano no cuente con acceso a fuentes de agua potable y segura como también al saneamiento básico.

Si lo miramos bien es una cuestión de dignidad y de derechos humanos. Toca recordar que desde hace diez años, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una resolución que establece que el acceso a fuentes de agua potable, es un derecho humano esencial para el goce pleno de la vida y de todos los derechos humanos.

A pesar de que ya lo aprobó la ONU, Colombia, o mejor dicho, sus gobiernos, no han querido aceptar que el derecho al agua sea considerado como fundamental en la normativa colombiana. Hay que aclarar que la gran diferencia básica entre Derechos Humanos y Derechos Fundamentales es que estos últimos deben estar incluidos en la Constitución Política y los derechos humanos los tienen todas las personas del mundo, independientemente de su territorio, condición económica, social o personal. Está claro que el agua como derecho fundamental no está expreso como tal en la Constitución Política.

Por iniciativa de Angélica Lozano y otros parlamentarios, el 20 de julio del 2020 fue presentado al Congreso de la República un   Proyecto de Acto Legislativo que pretendía establecer “el agua como derecho fundamental, dentro del Capítulo I del Título II de la Constitución Política de Colombia” teniendo en cuenta que el agua es un elemento del que deben gozar todos los seres humanos de esta y las generaciones futuras. No sobra aclarar que no contó con la favorabilidad del congreso. La aplastó la maquinaria del ejecutivo.

No importó que la Corte Constitucional haya reiterado en diferentes sentencias que el agua para consumo humano es un derecho fundamental. Tampoco importó que el artículo 366 de la Constitución diga que “El bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población son finalidades sociales del Estado. Será objetivo fundamental de su actividad la solución de las necesidades insatisfechas de salud, de educación, de saneamiento ambiental y de agua potable.” Todo lo que importó fue que el gobierno Duque se opuso a ello.

Y se opuso porque no se puede afilar los dientes a quienes después puedan utilizarlos contra el gobierno, así sea para reclamar derechos. A lo mejor pensó el ejecutivo que sería como criar cuervos que después te sacarían los ojos mediante el reclamo diario de los movimientos sociales. Si el agua estuviera constituida como derecho fundamental, la represa nuestra y los distritos de riego estarían funcionando hace rato y habría que entregarle agua potable a los Wayuu, sin importar ni el método ni el coste.

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