Elemental Interpretación, el Derecho en General

Alfonso Povea Anichiarico
Alfonso Povea Anichiarico
Abogado, comisario Nacional de Policía, vicerrector administrativo y profesor de universidad del Tolima, juez penal municipal de Maicao, juez tercero de instrucción criminal de La Guajira, alcalde de Fonseca, asesor jurídico Caja de Previsión social de Cundinamarca y Notario Único de Riohacha durante 24 años.

Todas las personas están dotadas de una voluntad libre que le permite desenvolver sus facultades naturales. Pero en una sociedad, esta libertad está obligatoriamente limitada por el respeto de la libertad de otras personas. De aquí deriva la necesidad de implantar reglas que garanticen a cada miembro del cuerpo social, con una medida igual, el ejercicio de una actividad lícita.

La teoría de estos principios constituyen el derecho en su definición más generalizada, pues esta palabra se deriva, en efecto, de ‘dirigere’, e implica una regla de conducta que considera que el derecho en su esencia es el conjunto de reglas que rigen las relaciones sociales.

Las personas civilizadas encuentran en su conciencia y en su razón la noción de lo justo y de lo injusto. Puede , por tanto, concebir la existencia de un derecho objetivo clásico ideal. Este es el derecho en si llamado natural.

Esta expresión no está cubierta de la críticas, porque las personas en su estado de naturaleza, no tienen sino una concepción muy imperfecta de lo justo; solamente en las comunidades civilizadas es cuando la idea de lo justo se interpreta más claramente.

Pero sea cualquiera que fuere el nombre que se le dé, este derecho, que no se manifiesta por signos materiales sería, insuficiente para gobernar las relaciones sociales. Se necesitan reglas precisas, formuladas en textos.

La autoridad a la cual se le ha conferido esta facultad, tiene el poder de publicar en forma de edictos estas reglas, que constituyen leyes, siendo ese conjunto de normas lo que constituye el derecho positivo, el cual es esencialmente variable.

Un interés personal, un mal entendido, necesidades pasajeras, pueden retardar con frecuencia el progreso necesario en el cambio del derecho positivo. Y en Colombia después del holocausto del palacio de Justicia, en donde se sepultó el incipiente Estado de Derecho en todo su sentido, se necesitarán muchos años para recuperar la credibilidad en las instituciones jurídicas de un perdido prestigio para el espíritu humano de los colombianos.

Aun cuando es tal vez una repetición de lo mismo. Y con el convencimiento que otros más y mejor informados que yo, en la modalidad de «crítica jurídica constructiva», han intentado con argumentos con suficiente ilustración, sus fallidos propósitos,  en que los jueces y magistrados en el ejercicio de sus funciones, constituyan garantía de imparcialidad, para defensa de los derechos de los ciudadanos frente a la igualdad de todos ante la ley.

No son pocos, los que tratan los hechos trágicos de los días 6 y 7 de noviembre de 1985, como sucesos históricos en el recuerdo consagrados por el correr del tiempo, que permanecerán como fuente de un mal entendimiento entre el gobierno de la época y los que a sangre y fuego se tomaron las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia, sin olvidar la forma en que tal vez -con exceso de fuerza-, el Ejército y la Policía retomaron las distintas partes, donde mantenían secuestrado el personal que se encontraba en su interior, invadidas por un comando del M19.

Sin embargo, una gran mayoría de colombianos no olvidan, que esos trágicos hechos, transformaron un país que se regia por un elemental Estados de Derecho positivo, en un país anarquista, que hasta el presente, después de 35 solos, aún no ha podido recuperarse de tan monstruoso y fatal acto criminal responsabilidad de ambas partes.

Estas remembranzas de lo que son los derechos, no lo hago con ánimo de que sean consideradas como enseñanzas, sino como un recorderis de la exigencia de una comunidad que cansada de tanto desconocimiento de las leyes en su aplicación correcta, exigen respeto a quienes desconocen las normas legales en su aplicación, recordándoles el cumplimiento de sus deberes sin excusas ni eufemismos leguleyos en sus cargos públicos.

Este escrito no pueden comprenderlo, sino únicamente aquellos que analizan serenamente la pérdida irreparable de los magistrados inmolados en crucial momento de la toma del palacio, en aquel momento de una mala hora y día. El que pueda entender esto, que lo entienda. Lo demás será para otros sencillamente un trágico suceso en un país que por su destino cruel, no ha vivido a través de su historial violento, un solo momento de paz.

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