La decisión del Tribunal Superior de Barranquilla llega como una verdad tardía, pero necesaria. La Sala de Justicia y Paz condenó al exparamilitar Salvatore Mancuso Gómez por 117 crímenes cometidos contra comunidades wayuu y otros pobladores en el departamento de La Guajira, hechos que dejaron muerte, desplazamiento y un dolor que aún se siente en la península.
La sentencia reconoce que la violencia no fue aislada ni accidental. Entre 2002 y 2006, las acciones armadas respondieron a una estrategia de control territorial, ejecutada por estructuras paramilitares bajo el mando de Mancuso, que sembraron miedo y rompieron el tejido social de comunidades indígenas históricamente vulnerables.
Violencia planificada sobre territorio indígena
El fallo judicial se apoyó en las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, que logró demostrar la responsabilidad directa del exjefe paramilitar en homicidios, desapariciones forzadas, desplazamientos masivos, violencia de género y ataques contra bienes culturales de alto valor simbólico para el pueblo wayuu.
Según la investigación, estos delitos fueron cometidos por el Frente Contrainsurgencia Wayuu, estructura adscrita al Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia. Esta unidad operó siguiendo lineamientos definidos por sus cabecillas, entre ellos Mancuso, con el objetivo de expandir el control armado en La Guajira.
Rancherías golpeadas por el terror
Uno de los episodios más dolorosos documentados en la sentencia ocurrió el 10 de octubre de 2003 en la ranchería Manaki, en el municipio de Uribia. Allí, hombres armados ingresaron de manera violenta, golpearon a varios miembros de la comunidad y los sometieron a tratos crueles durante varias horas.
Durante esa incursión, los paramilitares destruyeron y robaron chinchorros, mochilas, sombreros y mantas bordadas que representaban identidad, sustento y memoria cultural. La violencia no solo fue física, también buscó quebrar el espíritu y la historia del pueblo wayuu.
Crímenes que se repitieron en el tiempo
La sentencia también recordó el asesinato de dos indígenas wayuu ocurrido el 17 de marzo de 2002 en la ranchería Kepischón, también en Uribia. Estos hechos confirmaron la sistematicidad de la violencia y que no se trató de eventos aislados, sino de una práctica repetida en la Península.
El Frente Contrainsurgencia Wayuu fue creado en marzo de 2002 con cerca de 150 integrantes. Su presencia permitió a las AUC extender su accionar armado hacia zonas medias, altas y nororientales de La Guajira, afectando comunidades cercanas a la Sierra Nevada de Santa Marta.

Comunidades reconocidas como víctimas colectivas
El Tribunal reconoció como sujetos de reparación colectiva a las comunidades wayuu del corregimiento de Carraipia, Majayura y Malaki, en Uribia, así como en el corregimiento de Matitas, zona rural de Riohacha. Este reconocimiento busca reparar, al menos en parte, el daño causado a comunidades enteras y no solo a víctimas individuales.
Estas medidas judiciales representan un paso importante, aunque insuficiente para borrar años de miedo, desplazamiento y pérdida cultural. Para las comunidades, la reparación sigue siendo un camino largo, marcado por la espera y por la necesidad de que el Estado cumpla lo ordenado.
Una condena histórica, con límites legales
Salvatore Mancuso fue condenado a 40 años de prisión, una multa equivalente a 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad para ejercer cargos públicos durante el mismo periodo. Sin embargo, la Ley de Justicia y Paz permite una pena alternativa de ocho años, si cumple con sus compromisos.
Esta realidad legal genera sentimientos encontrados. Para las víctimas, la condena reconoce la verdad y la responsabilidad, pero la reducción de la pena deja la sensación de que el castigo no alcanza a dimensionar el daño causado en La Guajira.
Restricciones para proteger a las víctimas
En paralelo, la Corte Suprema de Justicia ratificó la prohibición de ingreso y libre circulación de Mancuso en nueve departamentos del país, entre ellos La Guajira. La medida busca proteger a las víctimas y evitar riesgos derivados de la presencia del exjefe paramilitar en los territorios afectados.
El alto tribunal rechazó los argumentos de la defensa, que alegaba arraigo familiar y problemas de salud. La Corte precisó que los derechos de las víctimas prevalecen sobre los intereses personales del condenado.
Un mensaje que no puede ignorarse
La restricción solo podrá levantarse con autorización judicial expresa o para participar en actos de perdón avalados por una autoridad competente. En Antioquia, incluso, la medida se extiende a varios municipios marcados por la violencia paramilitar.
La sentencia contra Mancuso no devuelve a los muertos ni repara por completo el daño causado, pero se demuestra que la justicia, aunque tarde, reconoce lo ocurrido. Para las comunidades wayuu, esta decisión es memoria, verdad y una exigencia evidente de no repetición.











